viernes, 21 de agosto de 2009

ALGUNAS VENTAJAS DE LA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA, S.A.S. Ley 1258 de 2008

Se creó para que las empresas del siglo 21, para las generaciones de este nuevo milenio puedan apropiarse de una sociedad ágil, flexible, adaptable, versátil y económica. Es especial para las pequeñas, medianas y grandes empresas, así como también para las empresas familiares. Usted puede transformar su sociedad ya existente, no importa cual sea el tipo societario, a esta nueva sociedad y disfrutar de todos sus beneficios.

CREACIÓN
La sociedad por acciones simplificada se creará por un documento privado, autenticado por quienes participen en su suscripción (no exige que sean sus accionistas ni sus otorgantes). Sin embargo se debe identificar a sus accionistas. La autenticación puede ser directamente o a través de apoderado. Si los activos aportados requieren escritura pública, la constitución de la sociedad deberá hacerse de igual manera.

VENTAJAS
  • Se acaba con el testaferrato, pues usted no tiene que inventarse socios o socias para cumplir con el mínimo de socios de la empresa,
  • usted puede crear la compañía con una sola persona, que puede ser el representante legal,
  • no necesita junta directiva y
  • el Revisor Fiscal sólo será obligatorio
    • si los Activos en el año anterior a la creación exceden de 5.000 salarios mínimos mensuales o
    • si sus ingreso brutos exceden los 3.000 salarios mínimos mensuales.
  • La Sociedad por Acciones Simplificada se puede constituir por una o varias personas.
  • Las asambleas de accionistas podrán celebrarse en lugares diferentes al domicilio de la sociedad.
  • Su objeto social podrá ser civil o comercial.
  • Los accionistas serán responsables por el monto de sus respectivos aportes.
  • Para efectos fiscales se remite a la sociedad anónima.
Para ampliar esta información y conocer otros beneficios y costos de la sociedad S.A.S. contácteme al celular 315 344 4488

PATRICIA SCHILD
ABOGADA

1 comentario:

  1. Pregunta.

    ¿Hay algún limite para el número de actividades que una sociedad S.A.S. puede realizar? Me explico. Una de las limitaciones del sistema de registro para comerciantes ante la Camara de Comercio y la Dian es que solo se puede tener una actividad. Si alguien, por ejemplo, realiza una actividad diurna y otra nocturna ademas de tener participacion en otros negocios --digamos venta de sanduches en el día, y servicio de miniteca para fiestas nocturnas ademas de poseer una tienda de fotocopias. etc. Tiene que registrarse como compañía pues, a pesar de ser negocios pequeños, las reglas actuales no permiten a un comerciante tener mas de una actividad. Pero el problema de la compañía es que implica un monton de documentos, impuestos y gastos que pueden ser innecesarios.
    ¿Es posible que esta nueva sociedad sea la solución para este problema? De antemano gracias por su respuesta..

    xavvy

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